En el modelo tradicional de las firmas de abogados, llegada cierta edad, los socios deben salir para dar paso a los jóvenes que escalan en su carrera profesional. La regla conforme a la cual, llegada una cierta edad, el socio o socia debe salir de la firma, es fundamental en el modelo tradicional, ya que de esa forma se garantiza el ingreso de nuevos socios al partnership. Una jubilación tardía puede generar un atasco en la parte superior de la pirámide, impedir o ralentizar el proceso de alcanzar el partrnership y, en consecuencia, provocar una fuga de talento.

En “Carey”, por ejemplo, los socios se deben retirar a los 70 años de edad, salvo que a lo menos el 80% de los socios, en votación secreta, les renueven su condición de socios por períodos de hasta dos años.

Este ha sido el caso de Jorge Carey Tagle, socio principal de la firma y que acaba de cumplir 80 años, habiéndosele renovado su calidad de socio de acuerdo a los estatutos de la firma durante los últimos 10 años.

Si bien la regla tiene sentido bajo el modelo tradicional, hoy no resulta del todo razonable exigir el retiro a un socio o socia a los 70 años de edad, cuando todavía sigue en plena forma y su retiro puede significar la pérdida de sus clientes y su negocio, pero, además, hoy los clientes requieren de las firmas servicios más sofisticados que tienen menos de commodity y más de experiencia, y eso es algo que se consigue con los años.

La regla de “Carey” es una excepción en el mercado legal chileno, y no por la edad de retiro, sino por ser de las pocas -sino la única- firma que ha regulado la salida de los socios mayores.

En “Claro & Cía.” sigue activo como “actual cabeza del Estudio” su socio, José María Eyzaguirre García de la Huerta, con más de 80 años y reconocido ininterrumpidamente como uno de los mejores litigantes del país por Chambers & Partners desde 2009. Lo mismo sucede con Roberto Guerrero Del Río, quien, con sus 80 años sigue siendo socio de “Guerrero Olivos”, firma que fundó en 1981. Y es el caso de Juan Carlos Dörr Zegers en “Urenda Rencoret Orrego y Dörr”, Patricio Prieto Sánchez en “Prieto”, o Luis Oscar Herrera Larraín en “Cariola Diez Pérez-Cotapos”, por nombrar solo a algunos.

Se trata de abogados que, con 80 años o más, siguen activos y seguramente son constantemente requeridos por los clientes a la hora de tener una opinión experta en las materias de sus especialidades.

En España la regla general es que la edad de retiro se sitúe entorno a los 65 años de edad, aunque en muchas firmas los socios, llegada la edad de retiro, dejan de formar parte de la propiedad de la firma, pero no necesariamente implica su desvinculación. Algunas firmas permiten a sus socios permanecer algún tiempo extra en la firma con otro cargo como el de of counsel, socio emérito o socio honorífico.

En Estados Unidos y Reino Unido la mayoría de las firmas hoy no hacen ninguna mención a la edad de jubilación en sus estatutos. Según la Association of Partnership Practitioners solo un tercio de las firmas inglesas incluyen una jubilación obligatoria en sus estatutos, frente al 74% que sí lo hacía en 2011. En Estados Unidos la regla general es que el socio se mantiene mientras mantenga la facturación exigida.

Ahora bien, si uno revisa la experiencia española, podemos constatar que el gran problema no es la edad de jubilación, sino que las condiciones de jubilación de los socios. Hay firmas que aseguran un salario por un par de años, otras que les entregan una jubilación en razón de lo que cada abogado deja cuando se va, y otras que no ofrecen nada.

Los planes de sucesión al interior de las firmas es un tema que se debe abordar y regular, pero hoy no parece suficiente establecer únicamente el límite de edad. Lo relevante debiera ser el aporte del socio y no su edad.

Si bien el gran desafío que han comenzado a enfrentar las firmas de abogados es la retención del talento, donde la carrera para llegar a ser socio parece ser una buena forma de mantener motivados a los asociados, es hora de poner la creatividad que aplican con sus clientes al servicio de su propia firma.

El modelo tradicional de las firmas de abogados -la clásica pirámide- debe ser revisado. Primero, porque la tecnología permitirá hacer el trabajo que hasta ahora hacen los equipos de abogados asociados, y, segundo, porque hoy los clientes buscan en las firmas de abogados la experiencia de los abogados y abogadas mayores. El trabajo rutinario lo han internalizado en departamentos legales cada vez más sofisticados.

La discusión -aunque los socios y socias de “Carey” le hayan dedicado varias horas- no es la edad a la que deben retirarse los socios, sino que deben preguntarse si la manera en cómo han decidido estructurar su firma (el partnership) es hoy la mejor forma para atraer el talento y mantener a socios activos y claves para el negocio, como es el caso de Jorge Carey Tagle, reconocido con el Lifetime Achievement Award por Latin Lawyer (2016), Abogado del Año por Best Lawyers (2015), Law Firm Leader of the Year por Latin Lawyers (2008), Lifetime Achievement Award por Chambers & Partners (2007), y desde 2009 destacado todos los años como uno de los mejores abogados en Corporate and M&A por Chambers & Partners.

Este artículo ha sido publicado originalmente en El Mercurio Legal.

 

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